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De acuerdo con las reformas al Código Financiero del Estado de México y Municipios, a partir de 2008 los contribuyentes más significativos del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal deberán dictaminar este impuesto a través de un contador público autorizado siendo opcional esta dictaminación para el resto de los obligados. El dictamen otorgará certeza fiscal a los contribuyentes, y su aplicación está diseñada en un esquema ágil, sencillo y apoyado en medios electrónicos, lo cual facilitará la regularización espontánea de quienes se dictaminen. Se informa que los avisos aplicables al dictamen fiscal del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal se encuentran disponibles en la sección de Avisos de este sitio, debiendo utilizarse para su presentación el certificado digital vigente de la Firma Electrónica Avanzada del Servicio de Administración Tributaria, el cual deberá procesarse por única ocasión para generar el certificado DICTAMEX y acceder a éstos. Conozca los pasos a seguir. Las Reglas Generales para Dictaminar la determinación y pago del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal y sus anexos 1 (llenado de avisos) y 2 (llenado del dictamen) publicadas el día 07 de julio de 2009 en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, son aplicables al dictamen del ejercicio fiscal a dictaminar. Clic aquí para ver la regla de carácter general. Ver detalles
Para realizar dichos procedimientos se requerirá el certificado digital vigente de la Firma Electrónica Avanzada del SAT, una vez que se haya convertido en el menú Ayuda de este . |
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